Disposición contractual por la que, en virtud de la Ley de Mediación 5/2012, franquiciador y franquiciado aceptan voluntariamente la intervención de un mediador en la solución de controversias que puedan surgir entre las propias partes. El mediador, de adecuada cualificación y formación, es quien ayuda a encontrar una solución dialogada y voluntariamente aceptada por las partes. La mediación en asuntos civiles y mercantiles queda regulada legalmente, estableciéndose las bases del proceso, articulándose un procedimiento de fácil tramitación, poco costoso y de corta duración en el tiempo y favoreciendo esta alternativa frente a la solución judicial del conflicto.