Entidad mercantil con personalidad jurídica propia que adquiere los derechos de franquicia para su explotación. En este caso, el intuitu personae del contrato recaerá sobre la persona física que muestre las aptitudes y cualidades requeridas por el franquiciador y que, por lo general, dispondrá de la mayoría de las participaciones de la sociedad o, en su caso, será su socio mayoritario. Suele exigirse que esta persona esté al frente de la dirección y gestión del negocio.