Imputación contable que obliga a diferir las inversiones en activos materiales a lo largo de un plazo de tiempo marcado legalmente y que, en el caso de un establecimiento franquiciado, abarca todos los equipamientos, mobiliario, maquinaria y cualquier otro inmovilizado relativo a la adecuación y acondicionamiento de las instalaciones que sea preciso para el ejercicio de la actividad.