Cuantía desembolsada por adelantado al franquiciador por parte de un candidato a franquiciado, generalmente con cargo al derecho de entrada de la franquicia, con el fin de hacer una reserva de derechos de franquicia en una determinada demarcación. Esta cuantía no sería reembolsable en caso de desestimar el candidato la operación. Sí sería reembolsable, no obstante, en el caso de no realizarse finalmente la concesión a instancia del franquiciador, que ha podido rechazarla como consecuencia de las conclusiones negativas de sus estudios. Se descontaría de este reembolso, en cualquier caso, el coste de los estudios y gestiones realizadas por el franquiciador.