Código de prácticas de buena conducta de los usuarios de la Franquicia en Europa que no pretende sustituir los preceptos legales reguladores de este tipo de acuerdos, ya sean nacionales o europeos. Por el simple hecho de su adhesión a la Federación Europea de Franquicia, sus miembros aceptan estas normas deontológicas y se comprometen a no modificarlas ni enmendarlas de ninguna forma.