Posibilidad de que una persona física o jurídica pueda realizar actividades por cuenta propia en todo el territorio comunitario contribuyendo de forma estable y continua en la vida económica de otro estado miembro. Se diferencia de la libertad de servicio en que ésta es la capacidad reconocida a un trabajador de desplazarse a otro país de la Unión Europa para realizar un trabajo de temporal y no continua.