Plazo con el que el franquiciador habrá de aportar al franquiciado detallada información del tipo de negocio y la franquicia. De acuerdo con lo establecido por el Real Decreto 201/2010 este periodo no podrá ser inferior a los 20 días previos a la firma de un precontrato, del contrato de franquicia o de cualquier desembolso realizado por el potencial franquiciado.