Resolución judicial definitiva emitida por un juez o un tribunal y con la que este manifiesta su voluntad y opinión respecto a los hechos que se plantean en un litigio. Con su dictamen el juez pone fin a su actuación y da por concluido el procedimiento, en primera o segunda instancia, una vez concluida su tramitación ordinaria prevista en la ley. Se dictará también sentencia para resolver los recursos extraordinarios y los procedimientos para la revisión de sentencias firmes.