Petición de registro de marca formulada ante los órganos administrativos correspondientes por una persona física o jurídica para poder disponer de sus derechos de propiedad reconocidos en uno o varios países. En España La marca internacional se encuadra en un sistema de registro de marcas para países que están integrados en el Sistema de Madrid, y comprende dos tratados internacionales, el Arreglo de Madrid y el Protocolo de Madrid. La marca no se registra en todo el mundo, sino únicamente en los países integrados en dicho Sistema. La solicitud se realiza a través de la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM) y pueden hacerla las personas físicas o jurídicas que tengan nacionalidad española o tengan su domicilio en España o posean un establecimiento industrial o comercial real y efectivo en España y dispongan ya de una marca nacional española registrada y concedida.