Acción de abastecimiento que con carácter de exclusividad realizará el franquiciador a sus franquiciados, bien directamente desde sus propios almacenes y sistemas de suministro, bien a través de proveedores y suministradores externos concertados. Con este término se hace referencia a la posibilidad que tiene el franquiciador de imponer pactos de aprovisionamiento exclusivo a sus franquiciados para mantener la identidad y reputación comunes a la red y la garantía de ofrecer un grado de calidad determinado de los productos o servicios que se ofrezcan a los clientes de la enseña.